AFUDEP sobre dictámen CGR de Teletrabajo en el sector público

/ 25 enero 2024



Sobre el particular, AFUDEP hace algunas precisiones:

1) Que la ley 21645 que entra en vigencia el próximo 29 de enero que introduce modificaciones en el Código del Trabajo con relación al régimen de teletrabajo NO aplica para quienes nos regimos por el Estatuto Administrativo.

2) Sin embargo el art 102 de la ley 21.652 (Ley de Reajuste 2024, establece que para seleccionar a quienes se le otorgará el mencionado teletrabajo en la Administración Pública, la jefatura superior del Servicio debe tener en especial consideración los criterios indicados en la referida norma, entre los cuales está la situación de las y los funcionarios que tengan bajo su cuidado a niñas y niños menores de 14 años o una persona con dependencia severa.

Les recordamos que el número de funcionarios(as) que accedieron a esta modalidad de trabajo el año 2023, es menor al 20% de la dotación institucional. Sin embargo, creemos que esta redacción del artículo 102 permitiría reforzar que algunas y algunos funcionarios(as) que no han podido acceder a esta modalidad de trabajo, lo hagan.

Si considera que está en esta situación, comuníquese con sus dirigentes AFUDEP, de manera que, en la reunión programada para principios de marzo 2024, expongamos su situación con los respectivos documentos.





Atentamente
DIRECTORIO NACIONAL AFUDEP
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